Tras el rechazo de la Corte Suprema a la orden ejecutiva del 20 de enero de 2025, que pretendía poner fin a la ciudadanía por nacimiento, el presidente Trump ha firmado dos nuevas órdenes ejecutivas que, una vez más, buscan socavar las protecciones garantizadas por la Decimocuarta Enmienda a la Constitución de los EE.UU. Estas medidas ilegales reavivan el esfuerzo continuo de la Administración para erosionar los derechos constitucionales, al tiempo que difunden narrativas falsas y engañosas sobre los inmigrantes y la ciudadanía por nacimiento. A continuación se analiza el contenido de ambas órdenes.
Orden ejecutiva 14418: Seguir protegiendo el significado y el valor de la ciudadanía estadounidense
El objetivo de esta orden ejecutiva es definir con precisión a aquellos padres cuyos hijos no tienen derecho automático a la ciudadanía estadounidense, aunque hayan nacido en el país, a raíz de la sentencia de la Corte Suprema en el caso Trump v. Barbara. El Gobierno ordena a los departamentos y agencias que denieguen la ciudadanía estadounidense a cualquier persona cuyos padres sean no ciudadanos y se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Se considera “enemigo extranjero” a cualquiera de los padres, incluidos los miembros de una organización terrorista extranjera o de un grupo terrorista global especialmente designado.
- Cualquiera de los padres sea empleado de un gobierno extranjero, incluyendo:
- Embajadores,
- Empleados de embajadas y consulados,
- Las personas que ocupen un cargo oficial en un gobierno extranjero, y
- Empleado por una organización internacional que goza de inmunidad de organización internacional.
- Cualquiera de los padres ha participado en una transacción comercial o en una actividad “fraudulenta” con el fin de obtener la ciudadanía estadounidense para su hijo, lo que incluye una transacción destinada a garantizar que la madre de la persona se encuentre en EE.UU. en el momento del parto o la contratación de una madre de alquiler.
- La persona ha nacido en un territorio o en aguas territoriales de los EE.UU. en los que la ley federal no concede automáticamente la ciudadanía. Actualmente, esto se aplica a las personas nacidas en Samoa Americana.
Comentarios:
- Esta orden ejecutiva constituye un intento de mantener vivo el debate sobre la limitación de la ciudadanía por nacimiento y el derecho de pertenencia.
- La lista de padres cuya situación impide que sus hijos sean ciudadanos estadounidenses incluye la primera categoría: enemigos extranjeros y miembros de organizaciones terroristas extranjeras y de grupos terroristas internacionales especialmente designados.
- Cabe señalar que no existen listas oficiales de las personas que integran estas organizaciones.
Orden ejecutiva 14419
El objetivo de la orden ejecutiva es frenar el “turismo de maternidad”. No hay datos estadísticos que respalden la afirmación de que el turismo de maternidad es un problema relevante.
El turismo de maternidad se define como la entrada de un ciudadano extranjero a los EE.UU.—o la facilitación de dicha entrada por parte de otro ciudadano extranjero—con un visado de no inmigrante con el fin de dar a luz en territorio estadounidense.
La orden ejecutiva otorga al Secretario de Estado y al Secretario de Seguridad Nacional la autoridad para:
- Impedir la entrada a los EE.UU. o la concesión de cualquier visado o autorización de viaje a cualquier persona extranjera que pretenda ingresar al país con fines de turismo de maternidad.
- Revocar el visado o la autorización de viaje de cualquier persona extranjera que entre o intente entrar al país con fines de turismo de maternidad y prohibirle permanentemente el acceso al país.
- Denegar la entrada o expulsar a cualquier persona extranjera que haya participado previamente o tenga previsto participar en el turismo de maternidad.
Comentarios:
- La definición de “turismo de maternidad” que aquí se ofrece retoma, una vez más, la definición declarada inconstitucional en la orden ejecutiva anterior.
- Aunque esta orden ejecutiva tiene pocas repercusiones, sienta las bases para imponer sanciones en materia de inmigración a las personas que sean padres en EE.UU. y no dispongan de un visado de inmigrante.
- Cabe esperar que se presenten recursos judiciales contra este decreto ejecutivo.